MEMORIAS DE LA REPRESIÓN (III) | La legalidad democrática abatida y la impunidad insepulta

Cuatro meses de furia en pos de la libertad (III)

En texto previo señalamos que las manifestaciones pacíficas del 2017 se saldaron con el asesinato de 163 personas (la mayoría menores de 30 años) y más de 3.000 venezolanos detenidos arbitrariamente.                                     

Ni hablar de los heridos: un número indeterminado de jóvenes quedaron con discapacidad permanente producto de la agresión policial y militar con utilización de fuerza armada desproporcionada contra poblaciones civiles indefensas, acción que se vio reforzada por el ímpetu sanguinario de hordas paramilitares. Esta combinación letal produjo fallecidos con disparos en el tórax, cuello y cabeza; lisiados por balas, metras y golpes; niños y personas de la tercera edad asfixiados por gases tóxicos en sectores residenciales, civiles juzgados arbitrariamente por tribunales militares, entre otros.

La carga represora y la subordinación del aparato judicial al Ejecutivo probaron la existencia de un sistema autoritario indolente ante la tragedia que supuso el asesinato, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales y la desaparición forzada, lo cual aumentó la presión y sanción internacional prevista para los crímenes de lesa humanidad.

Durante el tiempo que se llevaron a cabo las protestas, el régimen ilegítimo de Nicolás Maduro menoscabó los principios democráticos y el Estado de derecho, tras violar todos los derechos humanos consagrados en nuestra Constitución Nacional: el derecho a la vida (Artículo 43), la libertad personal  (Artículo 44), la prohibición a la tortura y tratos inhumanos y degradantes (Artículo 46), el derecho a ser juzgados por los jueces naturales (Artículo 49, ord. 4), el derecho a la libertad de expresión (Artículo 57), la libertad de comunicación (Artículo 58), el derecho a la protesta (Artículo 68).

Pese a las denuncias y alertas que se han emitido para denunciar estas irregularidades, el desempeño del sistema de justicia ha sido evaluado como deficitario o de absoluta nulidad cuando establece un silencio cómplice con los perpetradores de los crímenes.                                                                                                 

En la actualización del informe sobre el caso venezolano presentado a principios de este año, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, exhortó a las autoridades judiciales a “agilizar las investigaciones y procesos penales del resto de los casos de muertes en el contexto de protestas”, ya que la impunidad alcanza 98% en los casos registrados formalmente.

Si a la fecha alguien se pregunta sobre la evolución de los derechos humanos en nuestro país tras las protestas del 2017, sírvase echar un ojo a los informes de represión que circulan en las últimas semanas tras el recrudecimiento de las protestas por el colapso de los servicios básicos, la inflación, la precariedad del sistema de salud público, la diseminación del hambre y la escasez de gasolina.

Los residentes del estado Lara, específicamente de la urbanización La Sucre y de El Tocuyo, son testigos de excepción de los atropellos, detenciones arbitrarias y torturas a los que se expone la población por reclamar sus derechos ante el cuadro de abandono que padecen; ni las personas en condición de inimputabilidad (como Luis Pérez, señalado de tener la condición de trisomía 21 o síndrome de down) se salvan de ser juzgados por un sistema que actúa eficazmente cuando la ocasión lo amerita.

 

LEE LAS EDICIONES ANTERIORES DE MEMORIA DE LA REPRESIÓN: 

MEMORIAS DE LA REPRESIÓN (I)

MEMORIAS DE LA REPRESIÓN (II)

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