Justicia, Encuentro Y Perdón ante la visita de Karim Khan

LA RELEVANCIA DE LA VISITA DEL FISCAL DE LA CPI RADICA  EN LA REVISIÓN DEL APARATO JUDICIAL VENEZOLANO

En concordancia con los objetivos de defensa a los derechos humanos y búsqueda de justicia, Justicia Encuentro y Perdón, cumple con la responsabilidad de pronunciarse en torno a la presencia del Fiscal de la Corte Penal Internacional en Venezuela, entre el 1 al 3 de noviembre del presente año.

 

1.- El Fiscal vino a evaluar, tal y como lo ha hecho la CPI en otros países, si el sistema de justicia del Estado sobre el cual hay un examen preliminar abierto, tiene condiciones efectivas de acuerdo a unos parámetros que cumplen con los extremos rigurosos del derecho internacional, para juzgar a quienes pudieran considerarse presuntos responsables de haber cometido crímenes de lesa humanidad.

 

2.- En esta línea de procedimiento, el delegado viene a constatar dos principios fundamentales de parte del Estado venezolano:

Complementariedad; esto es, que la justicia internacional no desplaza a la justicia nacional, sino la complementa.

Cooperación; que no es más que el compromiso entre los Estados de cooperar bilateral y multilateralmente para reprimir y prevenir los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad, para lo cual deberán adoptar todas las medidas internas e internacionales necesa­rias a ese fin.

 

3.- Sobre los principios definidos, el foco de la observación radica en poder determinar si el Estado venezolano, a través de los órganos que integran el sistema de justicia, tiene condiciones reales para investigar y sancionar de una manera eficaz a los presuntos responsables, a toda la cadena de mando, a todo el sustrato del poder que participó en crímenes sobre los cuales ya la propia Fiscalía ha afirmado tener motivos razonables para considerar que se trata de crímenes de lesa humanidad, no siendo viable que luego pudiera contradecirse tal afirmación.

 

4.- Los pasos a cumplir son ineludibles y son monitoreados por la comunidad internacional. Al respecto, la Fiscalía debe producir información creíble y sustentada en función al diagnóstico que ya venía emitiendo sobre la situación venezolana. En consecuencia, el Fiscal Khan viene a comprobar de primera mano, in situ, la estructura y el funcionamiento del aparato judicial venezolano y en eso en mucho trasciende a solo discursos o anuncios de futuras reformas.

 

5.- Para las organizaciones de derechos humanos y muy especialmente para Justicia Encuentro y Perdón, siendo una organización de víctimas, lo más importante son ellas – las víctimas – por lo que el llamado será siempre a mantener firmes sus legítimas pretensiones de justicia y a no permitir que falsos anuncios debiliten sus expectativas. Corresponde en estos momentos tener certeza: el Fiscal Khan no viene a condenar, absolver, ni a pronunciarse sobre un caso en específico, de los casos ha tenido ya suficiente información, tanto ello es así que el examen preliminar ha avanzado y nuestras expectativas reales son que avance en favor de la justicia. A la sociedad en general, el llamado es a no generar falsas expectativas que destruyen el tejido emocional y moral de las víctimas quienes ya sufren los más profundos dolores e impotencias. Se trata de cuidar siempre no revictimizarlas con anuncios errados que generan más sufrimiento. Debilitar a las víctimas es beneficiar a la impunidad.

 

6.- La voz de las víctimas nunca debe ser, ni va a ser dejada de lado. Es por ello de suma importancia que seamos conscientes que la visita del Fiscal de la CPI forma parte de un proceso en el que las víctimas tienen un rol crucial, y como parte de ese proceso el señor Khan está en el país para constatar cuáles son realmente las condiciones de la justicia venezolana. Y sobre este aspecto tanto víctimas como instancias internacionales, muy recientemente el informe de la Misión Internacional Independiente de Determinación de Hechos, han dado importantes aportes; en Venezuela existe una impunidad estructural que demanda realizar el examen preliminar con toda la seriedad del caso y atendiendo los más altos estándares.

 

7.- Reconociendo el funcionamiento de este tipo de instancias, no esperamos pronunciamientos inmediatos por parte del Fiscal luego de su salida del país ya que corresponde la corroboración de toda la información. Es importante recordar que no existen lapsos determinados en cuanto a la conclusión del examen preliminar, por lo que lo más certero ahora es la prosecución del mismo y en torno a ello lo fundamental es fortalecer la confianza en el trabajo que a lo largo de todos estos años han realizado las víctimas, con el apoyo y asistencia de las organizaciones de DDHH, las cuales siguen comprometidas en aportar los datos y elementos que componen todas y cada una de las denuncias. Las víctimas son las dueñas de este proceso y la Fiscalía de la CPI cuenta con equipos de investigación altamente calificados para distinguir la verdad de la mentira.

 

 

3/11/2021

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