Más de 200 oficiales venezolanos siguen presos por razones políticas en Venezuela
Caracas, 14 de abril de 2026. — A casi dos meses de la promulgación de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática en Venezuela (19-02-2026), nuestra organización ve con preocupación la situación de vulnerabilidad en la que se mantienen más de 200 efectivos de cuerpos de seguridad y la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), quienes permanecen privados de libertad por razones políticas. Pese a la entrada en vigencia de este instrumento normativo para agilizar las excarcelaciones de disidentes, reales o percibidos, el Estado venezolano mantiene estos arrestos, desatendiendo las fórmulas procesales que establecidas en el ordenamiento jurídico venezolano.
La continuidad de estas detenciones representa una vulneración sistemática del Debido Proceso (Art. 49 CRBV y Art. 1 del COPP). Familiares de los oficiales han denunciado la aplicación de torturas, tratos crueles e inhumanos, aislamiento prolongado y castigos ejemplarizantes, además de una sistemática violación a las normas que garantizan el debido proceso, por lo que han solicitado el apoyo y acompañamiento de organizaciones de la sociedad civil para documentar y divulgar dichas situaciones.
Nuestra organización destaca que la omisión de medidas humanitarias y el desacato a los lapsos procesales constituyen una alerta de impunidad institucional. A continuación, se presentan cinco casos que ejemplifican la gravedad de estas violaciones:
- Coronel (Ej.) José Gámez Bustamante: Detenido en el año 2015, acusado de estar involucrado en un plan contra Hugo Chávez. Sometido a torturas, tratos crueles e inhumanos durante su cautiverio, y trasladado a múltiples centros de reclusión. Su caso es una de las expresiones más crudas de la omisión de socorro médico como método de castigo, al presentar un cuadro de salud crítico que incluye las secuelas de dos accidentes cerebrovasculares (ACV) y una condición de desnutrición severa. A pesar de las múltiples denuncias sobre su deterioro físico y la urgencia de atención especializada, el sistema ha mantenido su privación de libertad, convirtiendo su proceso judicial en una agonía prolongada que ignora cualquier estándar humanitario.
- Capitán Juan Luis Gutiérrez Aranguren: Tras 1.898 días privado de libertad, su situación clínica es una alarma humanitaria. Luego de meses sin conocer oficialmente su paradero, el oficial presenta un deterioro físico extremo, con una pérdida de peso estimada en 30 kilogramos, desnutrición y afecciones respiratorias severas. Se encuentra recluido en el Fuerte Guaicaipuro, sin acceso a médicos de confianza.
- Primer Teniente (Ej.) Karen Nayarit Gómez Gutiérrez: Detenida en enero de 2024, su caso ilustra la vulnerabilidad de las mujeres militares en el sistema penal. Su testimonio sobre periodos prolongados de aislamiento, privación de luz solar y presión psicológica en la DGCIM antes de su traslado al INOF, ilustra el maltrato específico contra las mujeres dentro de la institución y el uso de la tortura como mecanismo de «extracción» de confesiones bajo coacción.
- Capitán Juan Carlos Caguaripano Scott: A casi una década de su detención en 2017, ha sido sometido a desapariciones forzadas temporales y torturas físicas documentadas que le han causado secuelas permanentes. El capitán sigue sin recibir una sentencia definitiva o una medida humanitaria que reconozca su delicado estado de salud. La exigencia de libertad plena realizada por su representación judicial en marzo de 2026 y negada aun cuando se encuentra enmarcado en el alcance de la Ley de Amnistía deja en evidencia la discrecionalidad con la que es tramitado por el sistema de justicia.
- Teniente Coronel Juan Garrido: Detenido en enero de 2020 en el estado Táchira por funcionarios de la Dgcim y vinculado a la denominada «Operación Europa 2020», su situación es una de las más alarmantes. Fue condenado a cuatro años de prisión por supuestos delitos de instigación a la rebelión y desobediencia; sin embargo, su pena se cumplió íntegramente el 11 de enero de 2024. A pesar de haber cumplido su sentencia, continúa privado de libertad en Ramo Verde. Su permanencia en prisión no tiene ya sustento jurídico alguno.
La privación de libertad de oficiales que ya han cumplido sus condenas, como el caso del Teniente Coronel Juan Garrido, constituye una violación directa al Artículo 230 del COPP, que establece que no se podrá sobrepasar el tiempo de la pena impuesta bajo ninguna circunstancia de detención preventiva o judicial.
Marco jurídico de exigibilidad y alternativas de liberación
Desde una perspectiva estrictamente jurídica, nuestra organización enfatiza que la Ley de Amnistía no constituye el único recurso disponible para la restitución de la libertad de estos funcionarios. El ordenamiento jurídico venezolano contempla el Indulto —en sus diversas modalidades procesales— como una potestad de gracia del Poder Ejecutivo capaz de extinguir la pena o la acción penal de forma inmediata.
Asimismo, el propio articulado del COPP ofrece mecanismos de cumplimiento obligatorio que hasta los momentos, no se están considerando:
- Extinción de la Acción Penal (Art. 300, Numeral 3): El sobreseimiento de la causa procede de pleno derecho cuando la acción se ha extinguido, ya sea por amnistía o indulto.
- Límites de la Detención (Art. 230): Establece que la privación de libertad no puede, bajo ninguna circunstancia, sobrepasar la pena mínima prevista para el delito, ni exceder el tiempo de la condena ya cumplida, como ocurre en el caso del Teniente Coronel Juan Garrido.
- Medidas Humanitarias (Art. 491): Ante el cuadro de salud crítico de oficiales como el Coronel Gámez Bustamante o el Capitán Gutiérrez Aranguren, el sistema de justicia está obligado a otorgar libertades por razones de salud para evitar daños irreparables.
En virtud de lo expuesto, continuamos con nuestra demanda de transparencia institucional, acceso inmediato a atención médica para los oficiales con condiciones críticas de salud y la liberación plena de todos los presos políticos en Venezuela.
La legitimidad institucional solo podrá recuperarse mediante el cumplimiento estricto de la Constitución Nacional, lo cual exige despolitizar la justicia y liberar de forma inmediata a los oficiales detenidos arbitrariamente.


