Excarcelaciones en Venezuela: Los desafíos de la sociedad civil para verificar las cifras

Caracas; 01 de octubre de 2026.- Desde Justicia, Encuentro y Perdón (JEP), consideramos un deber ineludible esclarecer los profundos y complejos desafíos que enfrentamos las organizaciones de la sociedad civil en el proceso de documentación y verificación de las excarcelaciones de presos políticos en Venezuela.

Cada vez que el Estado ejecuta una medida de esta naturaleza, el país asiste a un patrón sistemático: el anuncio de liberaciones de presos políticos sin listas oficiales, identificación de los beneficiarios o detalles procesales. Esta opacidad institucional no constituye una falla administrativa aislada, sino una política deliberada que obstaculiza el derecho a la verdad, genera zozobra en los familiares y exige de las organizaciones de derechos humanos un trabajo de verificación exhaustivo, riguroso y sumamente delicado.

Para comprender a cabalidad por qué los balances de la sociedad civil no pueden emitirse con la misma inmediatez con la que operan los anuncios oficiales, es imperativo visibilizar las siguientes realidades estructurales:

La desvirtuación de las cifras y su instrumentalización

En cada anuncio público de excarcelaciones se omite desglosar identidades y es, través, de nuestros procesos de documentación, que en ocasiones hemos corroborado que en esos grupos se incluye a personas procesadas por delitos comunes o presos sociales o casos que no han sido categorizados como presos políticos, atendiendo los criterios establecidos por órganos internacionales de derechos humanos y las propias organizaciones que asisten estos casos.

Esta amalgama intencional alimenta una maquinaria de propaganda oficial sobre supuestas liberaciones, mientras invisibiliza a quienes continúan injustamente privados de libertad por motivos de conciencia.

El rigor metodológico: Nuestros criterios de categorización

Frente a la desinformación estatal, las ONG no podemos legitimar cifras sin un cotejo previo exhaustivo. En JEP, la calificación de un ciudadano como preso político no obedece a la discrecionalidad, sino a la aplicación estricta de un sistema de categorización institucional con aval y reconocimiento de los organismos internacionales de protección de derechos humanos.

Nuestro protocolo evalúa dimensiones técnicas y procesales insoslayables. Evaluamos exhaustivamente la identificación de la motivación política detrás de la privación de libertad, la instrumentalización del sistema de justicia para neutralizar la disidencia, las vulneraciones sistemáticas a las garantías del debido proceso y la desproporcionalidad en la severidad de las medidas impuestas frente al ejercicio de derechos fundamentales (como la libertad de expresión, reunión y asociación pacífica). Documentar de manera irrefutable cada caso exige revisar documentos, registrar declaraciones, recabar información de fuentes directas y abiertas, y someter cada caso a este riguroso tamiz de revisión.

🔗 Invitamos a investigadores, periodistas, familiares y a la colectividad en general a revisar en detalle los parámetros jurídicos y procedimentales que guían nuestro trabajo ingresando a nuestra sección oficial: Criterios de Calificación y Documentación de Presos Políticos.

Asimismo, es necesario reconocer con transparencia que el mismo cerco de silencio impuesto por las autoridades impide que las organizaciones tengamos conocimiento inmediato de la totalidad de los casos a nivel nacional. Muchas detenciones arbitrarias ocurren en la sombra, haciendo de la documentación un esfuerzo continuo de reconstrucción y búsqueda.

El factor humano: El peso del silencio y las medidas cautelares

Un elemento neurálgico que condiciona y ralentiza la confirmación de los casos es la realidad jurídica y psicológica a la que se enfrentan las víctimas. Es crucial comprender que la minoría de los presos políticos salen en libertad plena. Las excarcelaciones se ejecutan bajo figuras de medidas cautelares sustitutivas a la privativa de libertad —como regímenes de presentación periódica, prohibición de salida del país o restricciones para declarar— lo que mantiene a la persona coaccionada y sometida a la arbitrariedad del sistema judicial.

Bajo esta coacción latente, muchas familias y víctimas sienten un fundado temor a sufrir represalias, a la revictimización o a que sus seres queridos sean devueltos a los centros de tortura y reclusión. Por tanto, eligen legítimamente el resguardo y el silencio. Ubicar a los familiares, establecer un contacto seguro y, sobre todo, respetar sus tiempos de procesamiento psicoemocional tras haber sobrevivido a graves violaciones de derechos humanos, es una labor que demanda enorme tacto, contención y prudencia. Nuestra ética nos obliga a priorizar la seguridad integral y humana de la víctima por encima de la urgencia estadística.

Un exhorto a la responsabilidad informativa

Comprendemos que, frente a un Estado que monopoliza la información, los medios de comunicación y periodistas enfrentan un reto mayúsculo. El deber de informar no se asiste con información oficial por lo que, frente ese vacío suele surgir rumores que incrementan la incertidumbre, la confusión general y se normaliza la narrativa oficial. Es entonces que, gracias al trabajo articulado y responsable entre medios y organizaciones de la sociedad civil, que logramos ofrecer al país información contrastada.

Desde Justicia, Encuentro y Perdón reiteramos que una excarcelación condicionada no equivale al cese de la persecución, al contrario, estas personas se mantienen sometidas a procesos judiciales. Al momento de la publicación de este contenido, desde nuestra organización tenemos el registro de 923 presos políticos que han salido de prisión política desde el 8 de enero de 2026, en su mayoría excarcelados y 424 personas siguen sometidas a prisión política en Venezuela. Mientras haya ciudadanos sometidos a procesos penales injustos por pensar distinto, nuestro compromiso seguirá intacto: documentar con precisión técnica, acompañar a las víctimas con profunda empatía y trabajar incansablemente para que la historia reciente de Venezuela se sostenga sobre las bases innegociables de la verdad, la justicia y la memoria.

La instrumentalización de la justicia: Corrupción, extorsión y el enmascaramiento de la persecución

La realidad de los presos políticos en Venezuela no ocurre en el vacío; se enmarca en un contexto más amplio y profundo de degradación y corrupción estructural del sistema de justicia. Las violaciones al debido proceso no se limitan a los presos por razones políticas, sino que son patrones que se ejercer contra los privados de libertad en general, se trata entonces de un ecosistema punitivo donde las instituciones judiciales y de seguridad son utilizadas como instrumentos para la extorsión, el despojo y la retaliación.

El ecosistema de la extorsión y la retaliación

El abordaje de los casos nos enfrenta a un patrón documentado de prácticas irregulares que rodean las detenciones. Los arrestos suelen estar acompañados de allanamientos ejecutados sin orden judicial, incautaciones arbitrarias de bienes (propiedades, vehículos, equipos) y esquemas de extorsión económica contra las familias de las víctimas.

Estas acciones punitivas y confiscatorias no se aplican exclusivamente contra líderes políticos o sociales tradicionales. El sistema de justicia se emplea frecuentemente para ejecutar «pases de factura» o purgas internas, afectando a un espectro amplio de la sociedad que incluye a empresarios, funcionarios públicos y efectivos de los propios cuerpos de seguridad del Estado. En muchos de estos escenarios, el aparato judicial actúa como un mecanismo de retaliación personal, económica o de control de poder, más que como un ente administrador de justicia.

La simulación de hechos punibles («siembra de pruebas»)

Uno de los métodos más graves y recurrentes para justificar detenciones arbitrarias es la fabricación de expedientes mediante la simulación de hechos punibles, práctica conocida comúnmente como «siembra de pruebas». A través de la alteración de actas policiales y la implantación de elementos incriminatorios, las autoridades construyen narrativas judiciales ficticias para dotar de aparente legalidad a un arresto motivado por razones ajenas al derecho.

El dilema de la defensa: Delitos comunes como barrera internacional

Esta manipulación del sistema de justicia genera un desafío técnico y procesal monumental para organizaciones como Justicia, Encuentro y Perdón. El Estado venezolano ha perfeccionado la estrategia de enmascarar la persecución política y las detenciones arbitrarias para que en ocasiones se impute a las víctimas con delitos de delincuencia organizada o de extremo reproche social, tales como narcotráfico, legitimación de capitales, terrorismo o fraudes financieros y cambiarios.

Esta táctica tiene un propósito claro: invisibilizar la naturaleza política o arbitraria de la detención e impedir su denuncia efectiva.

Cuando una persona es detenida arbitrariamente, pero el Estado le imputa formalmente un delito como el tráfico de drogas o la estafa agravada —aun cuando existan fuertes indicios de que las pruebas fueron sembradas—, el caso entra en una zona gris. Las organizaciones de la sociedad civil y los organismos internacionales exigen estándares probatorios muy rigurosos para desvirtuar una acusación de delito común y recategorizar el caso bajo el estatus de preso político o perseguido.

En la práctica, esto significa que puede suceder que víctimas de detenciones arbitrarias, extorsiones o retaliaciones internas queden fuera de los registros de prisioneros políticos y no pueden ser elevadas ante las instancias internacionales bajo esa categoría. La imputación de un delito común grave actúa como un muro de contención diseñado por el Estado para evadir el escrutinio internacional y el costo político de la represión. En otros, muchos casos, puede concluirse que efectivamente la motivación de la detención no es la persecución política, sino extorsiva o de corrupción o retaliación contra enemigos personales de personas en posición de poder, lo que no niega la comisión de gravísimas violaciones a los derechos humanos, puesto que ocurren – como en los casos de presos políticos – detenciones arbitrarias, desaparición forzada, negación al debido proceso, torturas, tratos crueles y el despojo ilegal de bienes.

Nuestro compromiso ante la adversidad judicial

Frente a un sistema diseñado para confundir, criminalizar y extorsionar, la labor de documentación exige un nivel de experticia y prudencia excepcional. En Justicia, Encuentro y Perdón, somos conscientes de que detrás de expedientes prefabricados existen vidas humanas sometidas a la indefensión.

Por ello, insistimos en la importancia de analizar cada caso con rigor técnico, denunciar los patrones de corrupción judicial que desvirtúan el Estado de derecho, y mantenernos firmes en la exigencia de un sistema de justicia independiente que deje de ser utilizado como un arma de extorsión y persecución en Venezuela.

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