Yolmer Escalona y la letalidad de la destrucción calculada
Caracas; 19 de octubre de 2026.- La madrugada del 5 de agosto de 2018, Yolmer José Escalona Torrealba recorría la autopista José Antonio Páez al volante de su vehículo. Realizaba un servicio de transporte privado desde Barquisimeto hacia Acarigua. Lo acompañaban quien para ese momento era su pareja, Emirlendris Benítez, y dos pasajeros. Para Yolmer, la jornada transcurría dentro de la rutina de un trayecto cotidiano; sin embargo, al llegar a una alcabala, el recorrido se interrumpió de forma intempestiva.
Horas antes, dos drones cargados con material detonante habían estallado en las inmediaciones de la avenida Bolívar de Caracas, en pleno acto por el 81° aniversario de la Guardia Nacional Bolivariana. El despliegue de seguridad tras el evento alcanzó el punto de control donde transitaba Escalona. En pocas horas, el conductor pasó de completar una ruta de viaje a ser vinculado a los hechos ocurridos en Caracas.
Sobre él recayó una severa batería de cargos formulados por el Ministerio Público: homicidio intencional calificado en grado de frustración, terrorismo, financiamiento al terrorismo, traición a la patria, conspiración, lanzamiento de artefactos explosivos y asociación para delinquir.
El proceso judicial y la ratificación de una pena implacable
Tras cuatro años de un proceso penal plagado de irregularidades el tribunal validó íntegramente las acusaciones y dictó en agosto de 2022 la pena máxima de 30 años de prisión. Para el 21 de marzo de 2024 la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Terrorismo ratificó la condena. Durante este tiempo, Yolmer ha padecido una peregrinación punitiva que lo ha llevado por distintos penales —como el Fuerte Guaicaipuro, El Dorado, Yare III y actualmente el Centro Penitenciario Yare II—, una rotación de celdas diseñada para acentuar el aislamiento y la desorientación.
La tortura como desmantelamiento del ser y transgresión de los tratados internacionales
Desde los primeros días de su detención, sus familiares han denunciado que Yolmer fue sometido ciclos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes. Estas prácticas no solo quebrantan la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), sino que se enmarcan en las definiciones de crímenes de lesa humanidad establecidas en el Artículo 7 del Estatuto de Roma —específicamente la persecución política, la tortura y los actos inhumanos que atentan contra la integridad física—. Asimismo, vulneran abiertamente los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad de la CIDH, que consagran el derecho inalienable a la atención médica oportuna y prohíben cualquier régimen de reclusión cuyo efecto sea la anulación de la dignidad humana.
El paso por el sistema penitenciario ha dejado huellas visibles en la salud de Escalona. En las instalaciones de reclusión ha enfrentado condiciones severas y episodios de aislamiento. Como respuesta a estas circunstancias, tanto él como otros detenidos han acudido en diversas ocasiones a huelgas de hambre para exigir atención y respuesta a sus reclamos.
En la actualidad, su estado de salud requiere supervisión médica constante. Escalona padece diabetes mellitus y afecciones prostáticas, dos patologías crónicas que demandan un tratamiento especializado y un control farmacológico regular que no siempre resulta fluido dentro del recinto carcelario. La falta de un seguimiento idóneo genera preocupación entre sus familiares respecto a la evolución de sus padecimientos. Se suma un progresivo deterioro en su salud mental que pasa por episodios de depresión y ansiedad.
El impacto del caso también fracturó a su entorno inmediato. Quien fuera su pareja, Emirlendris Benítez, y detenida junto a él sufrió la pérdida de un embarazo y secuelas físicas producto de torturas que la obligan a desplazarse en silla de ruedas, mientras que otros miembros de la familia se vieron forzados al exilio.
Hoy, su padre, un hombre de avanzada edad, en medio de la distancia y las precariedades del desamparo ha asumido la vocería pública para pedir que a su hijo se le garantice la asistencia médica adecuada y se revise su situación legal conforme a las normas y estándares de los derechos humanos. Para un padre de avanzada edad, ver consumirse a su hijo a miles de kilómetros representa otra forma de violencia de Estado, capaz de devastar a toda una familia.
Cuando el derecho a la salud se convierte en una concesión discrecional, la prisión deja de ser un espacio de custodia para transformarse en un dispositivo de ejecución en cámara lenta. Esta inercia punitiva tiene consecuencias irreversibles, como resultado directo de las lesiones infligidas durante las torturas o la suma acumulativa de la violencia física reiterada, sin recibir la atención requerida a tiempo.
El deber ético de la memoria frente a la impunidad
Exigir el traslado inmediato de Yolmer Escalona a un centro de salud especializado, la garantía de asistencia médica idónea y su libertad – aunque sea bajo medidas cautelares – excede la retórica del debate jurídico o la mera conmiseración. Es obedecer el cumplimiento de obligaciones estatales ineludibles que establece el derecho internacional en materia de derechos humanos.
No existe arquitectura institucional legítima que pueda erigirse sobre la denegación sistemática a la atención médica; la supervivencia de Yolmer Escalona y de cada prisionero político no es una causa humanitaria marginal, sino la prueba de fuego que desnuda la verdadera naturaleza del poder en Venezuela. Ignorar cada órgano destruido, cada vida truncada y cada crimen perpetrado bajo el amparo de la sombra judicial para dar paso al pragmatismo político no es avanzar hacia la paz, sino firmar la convalidación de la impunidad.


