La persecución política en Venezuela no termina aunque hayan disminuido los arrestos

Autor: Luis Carlos Díaz*

Una de las mayores dificultades para entender lo que ocurre en Venezuela en el segundo semestre de 2026 es creer que la persecución política solo existe cuando las cárceles se llenan o cuando las imágenes de detenciones masivas ocupan los titulares. Esta parece una idea comprensible, pero está incompleta. El derecho internacional, la experiencia de otros procesos de justicia y el estudio de los regímenes autoritarios muestran una realidad mucho más compleja que nos permiten ver que en Venezuela el aparato represivo sigue intacto aunque deba fingir que las cosas mejoran ante la presión de Estados Unidos y el proceso de diálogo.

Empecemos por un punto clave: La persecución es uno de los crímenes de lesa humanidad contemplados en el artículo 7 del Estatuto de Roma, el tratado que creó la Corte Penal Internacional. En Venezuela hay evidencias de que ha ocurrido a lo largo de muchos años porque es parte de las investigaciones internacionales que se desarrollan en la ONU y en la CPI. Aunque la palabra es sencilla, el crimen no se refiere simplemente a “perseguir adversarios políticos”. Y perseguir no es simplemente que un montón de funcionarios estén corriendo detrás de un opositor para apresarlo. En realidad tiene un significado jurídico preciso. Consiste en la privación grave de derechos fundamentales contra personas o grupos por motivos políticos u otros motivos prohibidos por el derecho internacional, cuando esos actos forman parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil. Ya lo vamos a ver con más detalle.

Lo importante es entender que el centro del crimen no está únicamente en la violencia física. Está en el uso del poder del Estado para convertir a determinadas personas en objetivos por lo que representan, por lo que dicen, por el trabajo que realizan o por el grupo al que pertenecen. Es un crimen sistemático contra su existencia.

Por eso la persecución puede manifestarse de muchas formas. Puede incluir detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, torturas y asesinatos, claro que sí, son las cosas más  brutales que hemos visto. Pero también están la inhabilitación política, la censura, el cierre de espacios cívicos, la anulación de pasaportes, el congelamiento de cuentas, la utilización del sistema judicial para castigar a la disidencia, la confiscación de bienes, la vigilancia, las amenazas, los allanamientos, la discriminación política para recibir alimentos, medicinas, gas u otros servicios, la criminalización de organizaciones sociales o la imposibilidad de ejercer derechos fundamentales en igualdad de condiciones. Es todo un paraguas de crímenes que en Venezuela han dañado a muchas personas, destruyen proyectos de vida y también han causado exilios, quiebras, daños físicos, psicológicos y familiares. Podríamos decir incluso que es el crimen de lesa humanidad que podría afectar a más víctimas y familiares en la situación de Venezuela.

Métodos duros y blandos para oprimir

Por supuesto que el primer semestre de 2026 estuvo marcado por la captura de Nicolás Maduro y Cilia Flores, la liberación de centenares de presos políticos y una pequeña distensión que ha permitido que se vean más manifestaciones públicas y mayor capacidad de los medios de comunicación nacionales e internacionales para cubrir lo que ocurre en Venezuela. Es una sensación de avance y mejora, pero que tiene muchos matices y que plantea todos los días la dudas de si esas rendijas que se han abierto son sostenibles o volverán a retroceder.

En la realidad, aún quedan más de 500 presos políticos por ser liberados (más que en la etapa previa al 28 de julio de 2024, cuando el chavismo decidió robarse las elecciones presidenciales y reprimir a la población), los medios digitales siguen bloqueados, en la TV por cable se siguen censurando algunos medios internacionales, algunos exiliados políticos no han podido regresar al país y todavía los tribunales mantienen a un grupo de periodistas, defensores de derechos humanos y activistas políticos en procesos judiciales sin libertad plena. Incluso han retenido por períodos breves de tiempo a periodistas o activistas, generando escándalo y ansiedad pública, para luego soltarlos como si nada hubiese pasado porque ya enviaron el mensaje intimidatorio.

El crimen de persecución también sirve para explicar algo que muchas víctimas conocen perfectamente y que están viviendo en este momento: dos personas pueden realizar exactamente la misma acción y solo una termina siendo castigada porque el Estado decidió convertirla en un caso ejemplar. Esta selección no es casual, es precisamente una de las características de este crimen. Los casos aleccionadores sirven para atemorizar al resto de la población y mantenerla a raya, pensando dos veces si se atreve a disentir del poder, que aún mantiene su poder de fuego, su discrecionalidad y ha dejado centenares de vacantes en las cárceles para extorsionar a nuevos presos.

Algunos optimistas dudan si puede seguir existiendo persecución en Venezuela cuando ya no se observan miles de detenciones como en los momentos más intensos de la represión, cuando algunos activistas políticos han regresado al país y han renovado sus pasaportes. Pero la respuesta exige mirar más allá de las cifras.


La represión sistemática existe

Los estudios sobre autoritarismo llevan décadas describiendo un fenómeno conocido como represión selectiva. Un Estado no necesita encarcelar a miles de personas todos los meses para controlar a la sociedad. Puede escoger cuidadosamente a unas pocas víctimas cuya experiencia produzca un efecto mucho más amplio. Cada periodista desaparecido y torturado, cada defensor de derechos humanos procesado, cada dirigente político inhabilitado o sin partido, cada preso político que permanece años tras las rejas y cada organización amenazada envían un mensaje que alcanza a miles de personas que nunca serán detenidas pero sí tendrán miedo.

Ese mensaje termina moldeando el comportamiento de la sociedad. Muchas personas dejan de protestar, de denunciar, de investigar o incluso de expresar opiniones por temor a convertirse en el siguiente caso. La autocensura comienza a sustituir a la censura abierta. El miedo empieza a hacer parte del funcionamiento cotidiano de la vida pública. Mucho más cuando la cadena de mando de los represores sigue activa y con más o menos los mismos funcionarios de los mismos cuerpos de seguridad, estructuras carcelarias, judiciales y colectivos paramilitares ocupando sus lugares con total impunidad.

Desde la perspectiva de la Corte Penal Internacional, la Jurisdicción Universal en Argentina o la Corte Interamericana de DDHH, la pregunta no es simplemente si hoy existen menos víctimas directas que hace algunos años. La cuestión jurídica es si continúa existiendo una política de privación grave de derechos fundamentales dirigida contra determinados sectores de la población por motivos políticos. Un ataque puede dejar de ser masivo sin dejar de ser sistemático. Esta es la clave del texto. La reducción en el número de casos no implica automáticamente que haya desaparecido la política que los produjo.

El crimen visto en mecanismos internacionales

Esta discusión resulta especialmente relevante para Venezuela porque la persecución política ya ha sido objeto de pronunciamientos internacionales.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos llegó a calificar las prácticas represivas del Estado venezolano como una forma de terrorismo de Estado. Con esa expresión buscó describir un patrón en el que el aparato estatal utiliza el miedo como mecanismo de control social, de intimidación y de silenciamiento de la población. El concepto pertenece al lenguaje del sistema interamericano de derechos humanos y no constituye un tipo penal autónomo, pero ayuda a comprender cómo el miedo puede convertirse en una política pública. Se usó con las dictaduras del Cono Sur en los años 70-80 y se usó en la Venezuela de 2024-25 con su “Operación Tun Tun” y el encarcelamiento masivo de niños, extranjeros, activistas políticos y personas percibidas como disidentes.

Por su parte, la Fiscalía de la Corte Penal Internacional ha señalado que existen fundamentos razonables para investigar, entre otros crímenes de lesa humanidad, la persecución por motivos políticos en Venezuela. La respuesta oficial del Estado venezolano ha sido insistir en que ese delito no existe en la legislación nacional y que, por tanto, no puede investigarse de esa manera.

Ese argumento, sin embargo, termina reforzando uno de los principios centrales del Estatuto de Roma: la complementariedad.

La Corte Penal Internacional no sustituye automáticamente a los tribunales nacionales. Interviene cuando los Estados no quieren o no pueden investigar y juzgar genuinamente los crímenes de su competencia. Si un Estado niega la existencia misma de un crimen reconocido por el derecho internacional, rechaza investigarlo o impide que existan procesos independientes y efectivos sobre esos hechos, esa circunstancia puede resultar jurídicamente relevante al evaluar si la jurisdicción nacional está ofreciendo una respuesta genuina. Ser negacionistas del crimen no evita ninguna responsabilidad, más bien le abre la puerta a los mecanismos internacionales para que se activen.

La discusión, entonces, va mucho más allá de un debate terminológico. No basta con afirmar que un determinado delito no aparece con ese nombre en una legislación nacional. Los Estados que forman parte del Estatuto de Roma asumieron obligaciones internacionales respecto de los crímenes contemplados en ese tratado y las deben cumplir.


Si está impune, sigue haciendo daño

Existe además otro aspecto que suele pasar inadvertido. La impunidad no constituye por sí misma el crimen de persecución, pero puede convertirse en el terreno donde la persecución sigue produciendo sus efectos.

Cuando las víctimas no obtienen verdad, justicia ni reparación; cuando los responsables permanecen en posiciones de poder; cuando las violaciones son negadas oficialmente; cuando continúan existiendo presos políticos, censura, hostigamiento y arbitrariedad; cuando quienes denunciaron siguen enfrentando riesgos mientras los perpetradores conservan protección institucional, el mensaje hacia la sociedad sigue siendo profundamente intimidatorio.

En esas condiciones resulta difícil sostener que existe una transformación estructural simplemente porque disminuyó la intensidad visible de la represión. Podemos aprovechar el momento, pero sin dejar de ser vigilantes.

La memoria colectiva también forma parte del contexto. Las personas recuerdan quién fue detenido, quién fue torturado, quién perdió su empleo, quién tuvo que exiliarse, quién fue obligado a guardar silencio. Esa memoria modifica conductas mucho tiempo después de que disminuyan los episodios más visibles de violencia. Es un daño antropológico y nos acompañará por generaciones, pero en el presente no se ha detenido y sigue haciendo daño. El miedo no necesita renovarse todos los días cuando no han desaparecido las condiciones que lo hicieron creíble. Al poder nada más le haría falta decir “¡bu!” para lograr lo mismo que antes lograba con presos y desaparecidos.

Por eso los procesos de justicia transicional alrededor del mundo insisten en que la verdadera garantía de no repetición no consiste únicamente en reducir las violaciones. Exige reconocer lo ocurrido, investigar a los responsables, sancionar los crímenes, reparar a las víctimas y transformar las instituciones que permitieron esos abusos. Esa es la base de la reconciliación real, para cuando toque transitar procesos creíbles.

Mientras eso no ocurra, la persecución puede dejar de ser espectacular sin dejar de ser eficaz. Puede cambiar de intensidad, de métodos y de víctimas, pero seguir condicionando el ejercicio de las libertades fundamentales.

Ese es precisamente uno de los debates más importantes alrededor de Venezuela. La pregunta ya no es únicamente cuántas personas son perseguidas hoy. La pregunta es si las condiciones que hicieron posible la persecución han desaparecido realmente o si, por el contrario, continúan sosteniendo un contexto hostil para las víctimas, la disidencia, el periodismo, la sociedad civil y cualquier persona que decida ejercer plenamente sus derechos. Cualquier proceso de cambio en Venezuela pasa por arrebatarle a los perpetradores su capacidad de seguir cometiendo este paraguas de crímenes. Ese será el final de su ciclo represivo.

* Periodista y defensor de derechos humanos

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Lecturas

Para quienes quieran profundizar, comparto una selección de documentos de la Corte Penal Internacional, organizaciones venezolanas de derechos humanos y centros de investigación que ayudan a comprender el crimen de persecución, su desarrollo en el derecho internacional y su aplicación al caso venezolano.

Elementos de los Crímenes del Estatuto de Roma
 Corte Penal Internacional (CPI). Asamblea de los Estados Partes. 2011 (versión oficial en español).
https://www.icc-cpi.int/sites/default/files/NR/rdonlyres/A851490E-6514-4E91-BD45-AD9A216CF47E/283786/ElementsOfCrimesSPAWeb.pdf

Política sobre el crimen de persecución por motivos de género
 Fiscalía de la Corte Penal Internacional. Diciembre de 2022.
https://www.icc-cpi.int/sites/default/files/2023-05/2022-12-07-politica-sobre-el-crimen-de-persecucion-por-motivos-de-genero.pdf

Persecución política
 Acceso a la Justicia. Artículos sobre el tema en su archivo.
 https://accesoalajusticia.org/persecucion-politica/

Persecución política en Venezuela
 Centro de Justicia y Paz (Cepaz). Informes de persecución a través de los años.
 https://cepaz.org/informes/persecucion-politica-en-venezuela/

Crímenes de lesa humanidad en Venezuela (I)
 Centro de Justicia y Paz (Cepaz). Thairi Moya Sánchez y Simón Gómez Guaimara
 https://cepaz.org/crimenes-de-lesa-humanidad-en-venezuela-i/

La persecución política como crimen de lesa humanidad en Venezuela (II)
 Centro de Justicia y Paz (Cepaz). Thairi Moya Sánchez y Simón Gómez Guaimara
 https://cepaz.org/la-persecucion-politica-como-crimen-de-lesa-humanidad-en-venezuela-ii/

Memoria jurídica o impunidad de los crímenes: análisis comparativo de las atrocidades en Venezuela y la complementariedad de la Corte Penal Internacional
 Justicia, Encuentro y Perdón (JEP Venezuela). Enero de 2023.
https://www.jepvenezuela.com/2023/01/12/informe-memoria-juridica-o-impunidad-de-los-crimenes-analisis-comparativo-de-las-atrocidades-en-venezuela-y-la-complementariedad-de-la-corte-penal-internacional/

Persecución que deja huellas. Trauma y sufrimiento psicoemocional derivados de la persecución política en Venezuela
 Justicia, Encuentro y Perdón (JEP Venezuela). Diciembre 2025.
https://www.jepvenezuela.com/wp-content/uploads/2025/12/persecusion-que-deja-huellas–informe_compressed.pdf

Cada 10 horas una persona u organización es perseguida o criminalizada en Venezuela
 Centro para los Defensores y la Justicia (CDJ). (Informe/boletín)
https://www.justiciayverdad.org/cada-10-horas-una-persona-u-organizacion-es-perseguida-o-criminalizada-en-venezuela/

Casi 3.000 víctimas piden a la Corte Penal Internacional que ratifique la investigación por crímenes de lesa humanidad ante la apelación del gobierno de Maduro
 Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea). Julio de 2023.
https://provea.org/actualidad/derechos-civiles-y-politicos/casi-3000-victimas-piden-a-la-corte-penal-que-ratifique-investigacion-por-crimenes-de-lesa-humanidad-ante-apelacion-del-gobierno-de-maduro/

Decisión de la Corte Penal Internacional: un paso crucial en la lucha contra la impunidad en Venezuela
 Provea. Marzo de 2024.
https://provea.org/actualidad/derechos-civiles-y-politicos/justicia/decision-de-la-corte-penal-internacional-un-paso-crucial-en-la-lucha-contra-la-impunidad-en-venezuela/

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